aqui os pongo una sentencia judicial muy reciente, de diciembre de 2011, donde el juez dice claramente que la relacion entre musicos y organizadores/ayuntamientos etc es por cuenta ajena, no de servicios, no somos autonomos, y es el contratante el que se tiene que preocupar de que estemos de alta en la sec.soc.
Los artistas siempre debemos cotizar a traves del regimen especial de la seguridad social de artistas y toreros. no hacemos servicios sino labores.
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